Documentación para reagrupación familiar: lista
Hoja informativa 8 (Ministerio de Inclusión). Documentos del reagrupante y del familiar; los extranjeros, traducidos y legalizados o apostillados.
Los documentos
20 documentos, 2 marcados como opcionales.
- 1.Reagrupante: copia del pasaporte completo, documento de viaje o cédula de inscripción en vigor
- 2.Reagrupante por cuenta ajena: contrato de trabajo y nóminas de los últimos seis meses
- 3.Reagrupante por cuenta ajena: en su caso, última declaración del IRPF
- 4.Reagrupante por cuenta propia: acreditación de la actividad que desarrolla
- 5.Reagrupante por cuenta propia: en su caso, última declaración del IRPF o las dos últimas declaraciones trimestrales
- 6.Reagrupante sin actividad lucrativa en España: cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago o tarjetas de crédito con certificación bancaria de la cantidad disponible, o certificación bancaria
- 7.Informe de vivienda adecuada de la Comunidad Autónoma (o Corporación local), de menos de seis meses
- 8.Si el informe de vivienda no se emitió en un mes: documentación sustitutiva (título de ocupación, número de habitaciones y uso de cada una, personas que la habitan, habitabilidad y equipamiento) y justificante de haber solicitado el informe, de menos de seis meses (opcional)
- 9.Si se reagrupa al cónyuge o pareja: declaración del reagrupante de que no reside con él en España otro cónyuge o pareja (opcional)
- 10.Seguro de enfermedad para el reagrupante y los familiares reagrupables
- 11.Familiar: copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor
- 12.Familiar: documentación de los vínculos familiares o de parentesco o de la unión de hecho y, en su caso, de la dependencia legal y económica
- 13.Cónyuge, si el reagrupante está casado en segundas o posteriores nupcias: resolución judicial que fije la situación del cónyuge anterior y de sus hijos
- 14.Hijos reagrupados por un solo progenitor: documentación de ejercer en solitario la patria potestad, tener la custodia, o de que el otro progenitor autoriza su residencia en España
- 15.Hijos o representados mayores de dieciocho años que no pueden proveer a sus propias necesidades: documentación acreditativa
- 16.Hijos adoptivos: resolución por la que se acordó la adopción
- 17.Ascendientes: documentación de que el reagrupante, en el último año de residencia en España, ha transferido fondos o soportado gastos del ascendiente
- 18.Ascendientes: documentación de las razones que justifican la necesidad de la residencia en España (situación familiar, social, económica, patrimonial y/o de salud en el país de origen)
- 19.Ascendientes, en su caso: documentación de razones humanitarias que justifiquen la autorización
- 20.Familiar: documentación de tener garantizada la asistencia sanitaria
Transcrito de Hoja 8 - Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar, consultado el . Los requisitos cambian y dependen de cada caso; comprueba la página oficial antes de presentar la solicitud.
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