Documentación para arraigo sociolaboral: lista

Hoja informativa 29 (Ministerio de Inclusión): dos años en España y uno o varios contratos de trabajo. Documentos extranjeros: traducción jurada y legalización o apostilla.

Los documentos

7 documentos.

  1. 1.Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción
  2. 2.Documentación de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años
  3. 3.Certificado de antecedentes penales de los países donde haya residido en los cinco años anteriores a la entrada en España
  4. 4.Contrato o contratos de trabajo con las características exigidas, firmados por el empleador o empleadores y el trabajador
  5. 5.Empleador: copia del NIF y, en su caso, estatutos de la sociedad o escrituras de la empresa (para comprobar que quien firma el contrato está habilitado)
  6. 6.Empleador: solvencia — declaración del IRPF, del IVA o del Impuesto de Sociedades, o informe de vida laboral de la empresa (VILE)
  7. 7.Trabajador: documentación de la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional exigida (homologación o reconocimiento en profesiones reguladas)

Transcrito de Hoja 29 - Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo sociolaboral., consultado el . Los requisitos cambian y dependen de cada caso; comprueba la página oficial antes de presentar la solicitud.

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