Documentación para arraigo sociolaboral: lista
Hoja informativa 29 (Ministerio de Inclusión): dos años en España y uno o varios contratos de trabajo. Documentos extranjeros: traducción jurada y legalización o apostilla.
Los documentos
7 documentos.
- 1.Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción
- 2.Documentación de la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años
- 3.Certificado de antecedentes penales de los países donde haya residido en los cinco años anteriores a la entrada en España
- 4.Contrato o contratos de trabajo con las características exigidas, firmados por el empleador o empleadores y el trabajador
- 5.Empleador: copia del NIF y, en su caso, estatutos de la sociedad o escrituras de la empresa (para comprobar que quien firma el contrato está habilitado)
- 6.Empleador: solvencia — declaración del IRPF, del IVA o del Impuesto de Sociedades, o informe de vida laboral de la empresa (VILE)
- 7.Trabajador: documentación de la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional exigida (homologación o reconocimiento en profesiones reguladas)
Transcrito de Hoja 29 - Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo sociolaboral., consultado el . Los requisitos cambian y dependen de cada caso; comprueba la página oficial antes de presentar la solicitud.
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